[Alumnos] Fwd: Sobre las impugnaciones
Ignacio Gargiulo
ignacio.gargiulo en gmail.com
Jue Nov 9 16:08:14 -03 2017
Hola Mónica,
gracias por tu mail, parte de la idea de los carteles es esa, generar
discusiones al respecto y que la gente se sienta interpelada y opine. Nos
parece además que es una buena oportunidad para remarcar algunas cuestiones
que parece, mas allá de nuestro esfuerzo por informarnos y compartir esa
información, todavía no son del todo conocidas.
¿A qué ley nos referimos cuando decimos que hay una Ley que dice que los
interinos no pueden votar? Si nos referimos a la LES, la cual dice en su
articulo 53: "… que los graduados, en caso de ser incorporados a los
cuerpos colegiados, puedan elegir y ser elegidos si no tienen relación de
dependencia con la institución universitaria", existe una resolución de la
Corte Suprema de Justicia del año 2016 que dice respecto a este artículo:
"… una interpretación razonable y armónica de la ley permite concluir en
que la prohibición en cuestión solo se dirige a limitar la participación en
los órganos de gobierno de los graduados en relación de dependencia con la
universidad, a los fines de la representación de su claustro en el carácter
que les es propio, esto es, el de graduados. Sin embargo, nada se dice en
la ley respecto del agrupamiento de los representantes de diferentes
estamentos y la conformación de los padrones.
Por lo que cuando alguien afirma que existe una Ley, la LES no puede ser
esa ley pues la Corte Suprema ya ha dicho la LES no impide que les
Ayudantes Interinos formen parte del padrón de Graduados.
¿Alguna regulación interna de la UNLP impide que los graduados en relación
de dependencia puedan votar? El Estatuto dice en su artículo 94: "Los
ayudantes diplomados y los graduados integrarán un solo padrón. En dicho
padrón se inscribirá a todos los ayudantes diplomados ordinarios y a los
graduados egresados de la facultad respectiva. Para la elección de un (1)
representante al Consejo Superior, los jefes de trabajos prácticos,
ayudantes diplomados y graduados votarán con un padrón integrado." El
Régimen Electoral de la UNLP dice respecto a la conformación de los
padrones en el artículo 9 : "En el padrón de Ayudantes Diplomados
Ordinarios se inscribirá a todos aquellos que acrediten a la fecha del
cierre del padrón su designación por parte del Consejo Directivo... En el
padrón de Graduados se inscribirá, a petición de parte, a todos aquellos
egresados de la Universidad Nacional de La Plata que acrediten tal
condición a la fecha del cierre del padrón respectivo." Tampoco hay nada
respecto a los padrones y la relación de dependencia en las regulaciones de
la UNLP.
Finalmente, ningún reglamento de nuestra Facultad se mete con este tema.
No es cierto entonces que exista una Ley que impida que los graduados con
relación de dependencia puedan integrar el padrón de graduados... solamente
existen interpretaciones de parte de los sectores que toman las decisiones
en la UNLP, que van a contramano de la interpretación que hace la Corte
Suprema de Justicia. Interpretaciones que, por otro lado, casualmente
coinciden con los intereses electorales de las agrupaciones afines al
gobierno de la UNLP.
Por lo tanto, lo único que impide que los graduados con relación de
dependencia podamos votar son dos cosas: la interpretación parcial e
interesada que hace la Junta Central de la UNLP y la voluntad de algunos
compañeros de Claustro de nuestra propia Facultad que, siendo conscientes
de esta postura de Presidencia de la UNLP, presentan impugnaciones,
seleccionando muy convenientemente a qué graduados con relación de
dependencia impugnar y a cuales no. Capaz muchos no lo saben, pero muchos
graduados con cargos interinos van a poder votar en estas elecciones porque
no han sido impugnados. Nosotros en particular lo festejamos, porque
justamente lo que pretendemos con todo esto es que esas personas puedan
votar… pero ¿por que algunos interinos sí y otros no?
En otras Facultades, por cierto, en donde los consensos mayoritarios
prevalecieron por sobre los intereses individuales, los graduados con
relación de dependencia pudieron votar en el claustro de Graduados sin que
nadie (ningún abogado, Juez, ni Junta Electoral) considere que se estaba
rompiendo la ley.
Claramente lo que decanta la situación particular de nuestra Facultad no es
la justa aplicación de la ley, sino los intereses electorales de algunos
sectores particulares.
En fin, como bien decís, pedir que no se cumplan las leyes no es
democracia, pero pedir que se apliquen arbitraria, selectiva e
interesadamente, tampoco.
Adjuntamos la sentencia de la Corte Suprema que avala la resolución de la
procuradora fiscal.
Saludos!
Florencia, Yanina, María Paula, Manuela, Luis, Ignacio, Gastón, Ana,
Eduardo, Paula, Nelly, Micaela y Maxi.
--
Dr. Ignacio Gargiulo
Instituto de Astrofísica de La Plata (IALP)
Facultad de Ciencias Astronómicas y Geofísicas
La Plata, Argentina
+549 - 221 - 6121396
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Dr. Ignacio Gargiulo
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Facultad de Ciencias Astronómicas y Geofísicas
La Plata, Argentina
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