[Alumnos] [Graduados] Tecnicismos: El término elegido por algunos para evitar explicar lo que no les conviene que todos tengamos claro.
Marcelo Miller Bertolami
mmiller en fcaglp.fcaglp.unlp.edu.ar
Lun Nov 4 11:05:42 ART 2013
Hola,
no voy a entrar en discusiones sobre rumores, porque la distancia me
impide oirlos demasiado claros. Sin embargo, en relacion a lo expresado
por una de las listas que se presentan para representarme, creo que
quienes sugieren que "Los que no se han tomado el trabajo de estudiar el
tema con el cuidado que merece, intentan justificar la inclusión de
docentes en el padrón de graduados (puros) aludiendo al artículo 94
segundo párrafo del Estatuto de la UNLP, que propondría una composición
mixta del claustro de graduados,y que va en contra de la Ley antes
citada." quizas deberian tomarse un poco mas de trabajo al estudiar los
reglamentos.
Porque ocurre que si bien el articulo que Brizzi y Gil mencionan
ha sido efectivamente observado y no esta en el boletin oficial, en la
pagina anterior (18), del mismo boletin que ellos citan, aparece el
articulo 75 del estatuto, que no esta observado y esta en el estatuto vigente:
"ARTÍCULO 75 º: Los Consejos Directivos estarán integrados por dieciséis
(16) miembros: siete (7) profesores, un (1) jefe de trabajos prácticos,
dos (2) ayudantes diplomados o graduados, cinco (5) estudiantes y un (1)
representante no docente. El Decano presidirá sus sesiones y tendrá voto
en caso de empate."
Es decir, propone una representacion mixta de graduados y ayuxiliares
docentes. Y esta vigente, publicado en el boletin oficial.
Dado que uno se encuentra en vigencia y el otro observado, la decision
sobre la inclusion o no de determinados graduados, que no pueden ser
incorporados en otros padrones, es estrictamente POLITICA.
Quizas demasiado anhos en el consejo academico o directivo me han llevado
a desconfiar de la asepcia de quienes manejan las juntas electorales y las
asesorias legales de nuestra universidad, pero no puedo ver con buenos
ojos la decision de impugnar la participacion de colegas de nuestra casa
en el proceso electoral de la facultad. A titulo personal, creo que el
derecho a representacion debio haber prevalecido en la interpretacion de
la norma.
atentamente,
Marcelo
..........................................
http://www.fcaglp.unlp.edu.ar/~mmiller/
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hay que pensar que la tristeza tambien"
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Medico Uruguayo
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M3B
Marcelo Miguel Miller Bertolami
On Mon, 4 Nov 2013, Lista31 RGP wrote:
>
> Estimados amigos y colegas,
>
>
>
> Como candidatos a consejeros por los graduados (puros) en la lista 31 nos
> vemos forzados a escribirles para aclarar acerca de varios rumores que, nos
> informan, circulan desde hace unos días en la Facultad.
>
>
>
> Algunos de ustedes se habrán enterado ya, que hubo un conflicto por la
> composición del padrón de los Graduados que no tienen relación de
> dependencia con la UNLP, también llamados ?puros?.
>
>
>
> Ha llegado a los alumnos una descripción del problema suscitado y de su
> resolución que, sorprendentemente, contiene incluso información que no ha
> sido revelada aún por la Junta Electoral a los propios interesados,
> aduciendo ésta que aún no se ha reunido para analizar lo dispuesto por la
> Junta Electoral General (JEG).
>
>
>
> Este hecho por si solo ya es bastante preocupante.
>
>
>
> Más preocupante aún es la versión del problema que ha circulado entre los
> alumnos, despojada de todo rigor técnico ya que no incluye siquiera una cita
> comprobable de las afirmaciones que realiza, y por lo tanto es tan solo un
> conjunto de opiniones personales, criticando la decisión que "habría" tomado
> la JEG, máxima autoridad dentro de la UNLP en el tema.
>
>
>
> Justamente por carecer de todo rigor, no vamos a discutir los términos de la
> argumentación aludida sino que describiremos los derechos que pretendimos
> defender con nuestro accionar y los fundamentos jurídicos que lo sustentan.
>
>
>
> El padrón de graduados que no tienen relación de dependencia con la UNLP
> tiene actualmente alrededor de 50 personas.
>
> Para esta elección se han agregado en el padrón por lo menos 20 nuevos
> electores, de los cuales 10 no cumplen la condición básica de ser graduado y
> no tener relación de dependencia con la UNLP , requisito que está claramente
> explicitado en el Art. 53 inc. d) de la Ley Nacional 24521 que citamos
> textualmente:
>
>
>
> ?Los órganos colegiados de gobierno estarán integrados de acuerdo a lo que
> determinen los estatutos de cada universidad, los que deberán asegurar:
>
> ?d) Que los graduados, en caso de ser incorporados a los cuerpos colegiados,
> puedan elegir y ser elegidos si no tienen relación de dependencia con la
> institución universitaria.?
>
>
>
> Los que no se han tomado el trabajo de estudiar el tema con el cuidado que
> merece, intentan justificar la inclusión de docentes en el padrón de
> graduados (puros) aludiendo al artículo 94 segundo párrafo del Estatuto de
> la UNLP, que propondría una composición mixta del claustro de graduados, y
> que va en contra de la Ley antes citada.
>
> Sin embargo, el mencionado párrafo no forma parte de la publicación oficial
> del Estatuto de la UNLP, realizada en el Boletín Oficial el día martes 13 de
> enero de 2009, y por lo tanto nunca ha tenido vigencia, como pueden
> constatar en:
> http://www.boletinoficial.gov.ar/Inicio/index.castle?s=1&fea=13/01/2009
> (pág. 19)
>
>
>
> Al ver que la Junta Electoral no había advertido la incompatibilidad
> mencionada, nos vimos en la obligación de impugnar el padrón, para que se
> cumpla así con la Ley y el Estatuto vigentes (que no las escribimos, ni
> votamos nosotros).
>
>
>
> En este punto es importante que aclaremos que lamentamos el hecho de que a
> resultas de este reclamo, algunas personas podrían quedar fuera de todo
> padrón.
>
>
>
> Desde siempre entendimos que la inclusión de una representación
> independiente de graduados sin relación de dependencia con la Universidad en
> los órganos de gobierno, constituye una importantísima acción hacia una
> mayor integración con la comunidad extra-académica. Corresponder por parte
> de los graduados puros este gesto de apertura de la Universidad, es lo que
> nos ha motivado a proponernos como representantes en el Consejo Directivo.
> Por lo tanto, sentimos que el hecho de que el padrón de graduados puros
> incluyera un significativo número de docentes de la UNLP, no solo afectaba
> nuestro derecho a elegir y ser elegidos, sino que además desvirtúa lo que
> entendemos es el espíritu de la inclusión de este claustro en el Consejo
> Directivo.
>
>
>
> A pesar de que nos han forzado a comenzar este camino con algunos
> sobresaltos inesperados, seguiremos avanzando en el objetivo de ofrecernos
> como voceros de las inquietudes de nuestros pares, procurando un diálogo
> cordial y constructivo con todos los demás representantes.
>
>
>
> No es nuestra intención iniciar un debate con esta nota, sino simplemente
> aclarar lo que pareciera que otros vienen tratando de oscurecer.
>
>
>
> Saludos cordiales,
>
>
>
> Julián Brizzi
>
> Mercedes Gil
>
> Lista 31 ? RGP
>
> (Representando Graduados Puros)
>
>
>
>
>
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